El 18 de febrero del año 2021 fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial número 40-2021, en el cual se emite la norma de excepción de responsabilidad y compensación por reacciones adversas serias atribuibles a las vacunas contra el COVID -19.
Dicha norma establece los siguientes puntos:
1. Que la vacuna contra el COVID-19 es voluntaria, universal y gratuita. Que las personas que tomen voluntariamente la decisión de vacunarse deberán de firmar un consentimiento, en el cual confirmarán que han recibido toda la información de los beneficios y riesgos de la vacuna, incluyendo las posibles reacciones adversas, y que voluntariamente permiten recibirla.
2. Que los fabricantes de las vacunas que sean adquiridas y suministradas por el Estado de Guatemala, únicamente podrán ser responsables por acciones u omisiones dolosas o gravemente culposas.
Las empresas fabricantes gozaran de inmunidad de juicio, con excepción de que se compruebe que la muerte o una reacción adversa grave hayan sido causadas por una mala conducta intencional de la compañía farmacéutica.
3. Se establece que el Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas, tendrá como objeto la investigación y dictamen si una reacción o un evento adverso es causado o no por dichas vacunas.
4. Sera el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social el encargado de regular el procedimiento y el termino en el cual El Comité deberá emitir respuesta.
5. En el caso de que se establezca la causalidad de un evento adverso serio a causa de la vacuna, se determinará un sistema de compensación en la red nacional de los servicios de salud.