En el ámbito legal guatemalteco, el usufructo es un derecho real de uso y disfrute que recae sobre bienes que pertenecen a otra persona. Es decir, que permite que una persona (usufructuario) utilice y obtenga beneficios de una propiedad que pertenece a otra persona (nudo propietario), siempre y cuando no se altere la substancia del bien. Sin embargo, en ciertos casos, el usufructuario puede decidir renunciar a su derecho de usufructo. Por medio del presente indagaremos los aspectos importantes a considerar al momento de llevar a cabo una renuncia de usufructo en Guatemala.
La renuncia de usufructo en Guatemala se rige por el Código Civil guatemalteco, específicamente en los artículos 879 al 893. Estos artículos establecen los requisitos y procedimientos legales para llevar a cabo una renuncia válida y efectiva. Para la renuncia de usufructo se deben considerarse algunos puntos, de los cuales se hacen mención de los siguientes: a) Capacidad legal: El usufructuario debe ser una persona capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones; b) Voluntad expresa: La renuncia debe ser realizada de manera expresa, es decir, de forma escrita mediante contrato en escritura pública, manifestando la voluntad de renunciar al usufructo; c) Renuncia total: La renuncia debe ser total, abarcando todos los derechos y beneficios derivados del usufructo. No es posible renunciar parcialmente a este derecho.
Otro punto importante para considerar en la renuncia de usufructo, es que se encuentra sujeta al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es decir, la renuncia de usufructo se debe aplicar una tasa del doce por ciento (12%) sobre el valor que se estimo al momento de constituir el usufructo.