Las iniciativas número 5247 y 6136 presentadas ante el Congreso de la República de Guatemala, buscan la protección del arte textil, reconocer, promover, salvaguardar, garantizar y proteger los derechos colectivos de propiedad intelectual y que forman parte del patrimonio cultural tangible e intangible de los pueblos indígenas sobre los diseños, símbolos y otras expresiones incorporadas a sus tejidos, textiles e indumentaria indígena como elementos de su identidad cultural.
Ambas iniciativas fueron presentadas al pleno, sin embargo, aún no han resuelto por ninguna, la iniciativa número 5247 presentada en el 2017, busca la reformar las Leyes: Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y la Ley de Propiedad Industrial, adicionando la Propiedad Intelectual Colectiva de Pueblos Indígenas, sobre los derechos que les corresponden a los mismos, a su vez, prohibiendo el registro de marcas, nombres comerciales, emblemas, expresiones o señales de publicidad, denominaciones de origen, patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales que contengan palabras, letras, caracteres o signos que utilicen las colectividades indígenas y la reproducción industrial, ya sea total o parcial de los tejidos textiles e indumentaria indígena y demás derechos de propiedad intelectual colectiva.
Sin embargo, la iniciativa 6136, presentada en el año 2024, busca regular el derecho irrenunciable e imprescriptible que le corresponde a los pueblos y comunidades indígenas sobre sus conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales, creando un Consejo Nacional de la Propiedad Intelectual Colectiva; y un Registro de Derechos Colectivo sobre los Textiles e Indumentaria de los Pueblos Indígenas.
Adicionalmente, esta iniciativa regula las medidas y sanciones, regulando como delito de apropiación indebida de la propiedad intelectual colectiva de los pueblos y comunidades indígenas, sancionando con prisión de 3 a 8 años y multa de Q.20,000.00 hasta Q.100,000.00; así mismo, la violación a derechos de propiedad intelectual colectiva será sancionado con prisión de 1 a 6 años y multa de Q50,000.00 a Q750,000.00, entre otros.
En la actualidad, está teniendo auge este tema, el cual busca la protección del patrimonio cultural y fortalecer estos derechos que a la fecha no han sido regulados.
Nota
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Departamento de Propiedad Intelectual. Berger Pemueller y Asociados. S.C.