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Nuevo Acuerdo 1529 del IGSS, Reglamento de Inscripción en el Régimen de Seguridad Social

El 16 de enero de 2023 fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo número 9-2023 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, cuyo objeto fue aprobar en todo su contenido el Acuerdo número 1529 de fecha 11 de octubre de 2022, emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), que contiene Reglamento de Inscripción en el Régimen de Seguridad Social, mismo que deroga y deja sin efecto el Acuerdo 1123 emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

El nuevo reglamento tiene vigencia a partir del 17 de enero de 2023, su objeto es establecer las normas y requisitos para llevar a cabo la inscripción de patronos y trabajadores en el Régimen de Seguridad Social, unos de los principales cambios son:

  1. La obligación de que los patronos se inscriban en el Régimen de Seguridad Social y de inscribir a partir de uno o más trabajadores en el IGSS sin excepción alguna.

  2. Los patronos deben inscribirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de inicio de dicha obligación. En incumplimiento con este plazo, se le aplicará una multa de Q.500.00 más los recargos e intereses que procedan.

  3. Los trabajadores cónyuges de patronos individuales podrán ser afiliados al IGSS, sin importar el régimen económico en el que se estipuló el matrimonio.

  4. Los accionistas o socios podrán ser protegidos por el Régimen de Seguridad Social e inscribirse como afiliados si prestan sus servicios materiales, intelectuales en virtud de un contrato o relación de trabajo.

El IGSS simplificará el procedimiento de inscripción de nuevos patronos, que será de oficio, ya que el Departamento de Registro de Patronos y Trabajadores utilizará los convenios interinstitucionales de cooperación (SAT, Registro Mercantil y otras fuentes de información) para hacer la inscripción de nuevos patronos. Esto no excluye la obligación que tiene el patrono de afiliarse dentro del plazo establecido.

Nota

El presente documento tiene objeto informativo y no constituye una asesoría legal. Cualquier consulta sobre un caso en concreto, por favor comunicarse con nosotros para brindarle la asesoría jurídica pertinente.

Departamento Laboral. Berger Pemueller y Asociados.