El 24 de enero del año 2023, fue publicado en el Diario Oficial las resoluciones 51-2032, 52-2023 y 53-2023, de la Superintendencia de Bancos, las cuales establecen:
· Revisión y fijación para el año 2023, del monto mínimo de capital pagado inicial de los bancos y sucursales de bancos extranjeros que se constituyen o se establezcan en el territorio nacional
· Revisión y fijación para el año 2023, del monto mínimo de capital pagado inicial de las entidades de microfinanzas
· Revisión y fijación para el año 2023, del monto mínimo de capital pagado inicial de las aseguradoras o reaseguradoras nacionales que se constituyan o las aseguradoras o reaseguradoras extranjeras que se establezcan en el territorio nacional.
A continuación, compartimos el detalle de los montos mínimos del capital pagado inicial de las instituciones mencionadas anteriormente: