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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS- y el trabajo a tiempo parcial

Al día de hoy el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS- continua con la interrogante de cómo operar la cobertura y los pagos de las cuotas patronales y laborales de los trabajadores a tiempo parcial. Estando a más de 1 año de haberse recobrado la vigencia de esta modalidad para este grupo de trabajadores (trabajadores a tiempo parcial), contemplado en el marco del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), no se ha emitido una normativa o reglamento que contemple esta interrogante.

Al momento, en las planillas elaboradas y presentadas por los patronos al Instituto solo se permite afiliar a quienes aun trabajando a un tiempo parcial, ganan como menos el salario mínimo mensual, Así, quienes no llegan a ese monto no pueden ser incluidos.

Por el momento las posturas de negociación establecen operar las afiliaciones de los trabajadores a tiempo parcial, como una variante, incluyéndolos solamente en algunos programas del seguro social, siendo los más importantes o directos cuando se trate de prestaciones en caso de accidente del trabajo y de enfermedad profesional. Lo importante será no perjudicar al Seguro Social, cargando con afiliados a quien cubrir, sin contar con los ingresos suficientes, así como no perjudicar y dejar desprotegidos a trabajadores sin una cobertura real o con pensiones mínimas.