El Registro Nacional de las Personas –RENAP- ha publicado el Reglamento para tramitar Documento Personal de Identificación –DPI- para menores de edad por sus siglas (DPIME), que permite que los menores de edad puedan contar con un documento que pueda amparar su identidad y la de sus padres o representantes legales.
Dicho reglamento ha sido publicado el 26 de mayo del presente año en el Diario de Centro América, y el mismo específica las características, costos y el proceso que se debe llevar a cabo para poder obtenerlo en Guatemala, así como en el extranjero, esto de conformidad con el acuerdo del directorio número 36-2023 y en base a los artículos 3, 7 y 8 de la Convención sobre los Derechos del niño, ratificada por Guatemala procurando siempre el interés superior del niño, siendo además que el derecho de identidad es un derecho fundamental para el desarrollo de las personas y de las sociedades que incluye el derecho al nombre y a la identificación mediante documentación segura y confiable, atendiendo al a realidad actual y a la necesidad de identificar de forma eficiente a los menores de edad, se debe contar con el marco legal que provea los cambios físicos que puedan sufrir los niños, niñas y adolescentes en el tiempo, así como implementar medidas de seguridad que garanticen la información de este sector de la población, lo que también ayudará en gran medida a evitar los robos a menores de edad, pues este documento podrá ser requerido en cualquier momento por las autoridades competentes a los padres o tutores de los menores de edad.
Se emitirán dos tipos de DPIME (Documento Personal de Identificación de menores de edad), siendo los siguientes:
- De cero a siete (0 a 7) años, COLOR DORADO.
- De ocho a diecisiete (8 a 17) años, COLOR PLATEADO.
El DPIME deberá ser utilizado para todos los actos en los cuales la persona menor de edad deba identificarse, inicialmente el trámite para la primera emisión del Documento Personal de Identificación de menores de edad no tendrá costo alguno para el usuario.
La solicitud la podrán realizar los menores de edad acompañados de sus padres o bien quien ejerza la representación legal, quienes deberán presentar su Documento Personal de Identificación –DPI- o documento de identificación que corresponda.