La Corte de Constitucionalidad de Guatemala, por medio del Acuerdo 3-2020, en aras de poder continuar con la función judicial, ha aprobado la celebración de vistas públicas (audiencias en las cuales las partes exponen a viva vos sus argumentos) por medio de videoconferencias.
Lo anterior constituye un gran avance en la forma de impartir justicia en Guatemala, aprovechando la tecnología, puesto que aún continúa siendo un país con una cultura de presencia para la realización de actos jurisdiccionales.
A continuación, se establecen los aspectos relevantes para la realización de las vistas públicas por medio de videoconferencia:
Las vistas públicas se realizarán por videoconferencia cuando sea solicitado por alguna de las partes, o bien, cuando el Tribunal lo considere pertinente.
Los abogados auxiliares que cuenten con casillero electrónico podrán solicitar la vista pública por medio de videoconferencia.
El abogado deberá de realizar pruebas de conexión que indicará la Dirección de Tecnologías y deberán de seguir el protocolo establecido por la Corte de Constitucionalidad en su página web.
Todas las partes deberán de remitir vía electrónica su documento de identificación.
En la resolución en la que se establezca el día y la hora de la vista pública, se indicará si esta se realizará por medio de videoconferencia o en la sede del Tribunal.
Si existen problemas de conectividad, el Tribunal reprogramará la vista pública por una única y vez, y si, de igual forma no se logra llevar a cabo, se realizará en la sede del tribunal.
Todas las vistas públicas realizadas por videoconferencia se transmitirán en la página web del Tribunal y serán grabadas y almacenas.
Lo anterior, consideramos que en la medida que la mayoría de Abogados se adhieran al sistema, permitirá a los miembros de la Corte de Constitucionalidad aplicar justicia de manera expedita y no perder tiempo en la celebración de una audiencia presencial y lo que conlleva a las partes asistir a la misma.
Departamento Litigio
Berger Pemueller & Asociados