El Ministerio de Trabajo y Previsión Social ha emitido el Acuerdo Ministerial 222-2021, el cual contiene el Procedimiento para el Envío de Avisos Patronales a la Inspección General de Trabajo -IGT- de forma electrónica, que entrará en vigor el 02 de agosto del presente año.
El objeto de este acuerdo es el de brindar a los patronos una herramienta sencilla, celera e innovadora para poder realizar sus avisos patronales. Ello evitará que los empleadores incurran en costos por tener que presentar sus avisos de forma presencial y favorecerá el desarrollo del derecho laboral, incorporando cada vez más el internet.
Para poder utilizar esta herramienta, se hacen las siguientes consideraciones:
Estar registrados o registrarse en el sitio web del Ministerio de Trabajo.
La Inspección General de Trabajo proporcionará un listado en el sitio web, de aquellos avisos que puedan ser enviados de forma electrónica por los patronos, teniendo estos últimos que adjuntar el aviso que desean, debidamente firmado con firmas electrónicas avanzadas o firma manuscrita. No obstante, la Inspección no considerará válidos los avisos que no sean dirigidos a ella, que sean referentes a organizaciones sindicales o que no se apeguen a la naturaleza del aviso seleccionado.
Los empleadores recibirán un de forma automática una constancia de recepción de aviso con un código de respuesta rápida (QR), como mecanismo para brindar seguridad y certeza jurídica a los patronos.
La Inspección General de Trabajo tiene en virtud del presente acuerdo, una nueva plataforma digital destinada al resguardo y almacenamiento de los avisos patronales enviados mediante la plataforma. Sin embargo, esto no excluye a los patronos de la obligación de resguardar los avisos de forma física, a pesar de haberse enviado por medio electrónico.
Nota
El presente documento tiene objeto informativo y no constituye una asesoría legal. Cualquier consulta sobre un caso en concreto, por favor comunicarse con nosotros para brindarle la asesoría jurídica pertinente.